EL DERECHO A LA CIUDAD

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ANTE EL CALOR… MÁS ÁRBOLES

Salvador García Espinosa

En estos días se han superado todos los récords históricos de las más altas temperaturas registradas en muchas de las ciudades mexicanas, y las ubicadas en Michoacán no son la excepción. Mucho tiene que ver la ausencia de lluvia, que ha provocado una sequía en más del 60% del territorio nacional, y si esto no fuera poco, habría que considerar que el calor se incrementa con los múltiples, frecuentes e incontrolables incendios forestales.

Si usted, amable lector, tiene la oportunidad de contar con un árbol en su casa o ha caminado en una calle en la que se ubica algún árbol, se habrá dado cuenta que bajo su sombra la temperatura del ambiente disminuye. Un artículo denominado The role of urban trees in reducing land surface temperatures in European cities, publicado recientemente en la revista Nature compara la temperatura entre las áreas urbanas con árboles, los espacios verdes urbanos sin árboles y las áreas edificadas en 293 ciudades europeas. Los resultados indican que las áreas urbanas con árboles mostraron temperaturas de entre 2 a 4 veces más bajas que los espacios verdes de la ciudad sin árboles. También que, en comparación con el tejido urbano continuo y se observó que las áreas urbanas con árboles fueron entre 1ºC y 4ºC más bajas de media en las regiones del sur de Europa, y de entre 8ºC y 12ºC en Europa Central.

No hay duda sobre los beneficios que los árboles nos generan a todos los seres humanos, no sólo producen oxígeno, capturan el CO2 que emitimos constantemente en las ciudades, nos protegen de los rayos del sol, fomentan la biodiversidad y, además, nos proporcionan beneficios psicológicos ante el estrés de la vida urbana.  Entonces ¿POR QUÉ NO PLANTAMOS MÁS ÁRBOLES EN LA CIUDAD?

Ahorita que andan muchos políticos ofreciendo soluciones a todos nuestros problemas y prometiendo todo aquello que nos hace falta, ¿por qué no les pedimos que se incremente significativamente la cantidad de áreas verdes arboladas en las ciudades michoacanas? Y no me refiero a que convoquen a una campaña de reforestación, en la que se toman la foto y creen que se cumplió el objetivo. Me refiero a dos peticiones legales:

PETICIÓN 1.

Que se modifique el Artículo 329 del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, para que en lugar de indicar que el fraccionador deberá entregar por concepto de donación para áreas verdes el 5% del área total del desarrollo, se establezca una cantidad de metro cuadrados de área verde por cada vivienda que se construya. Lo anterior en función de las siguientes consideraciones:

En un terreno de 10,000 m2 de superficie que se fraccione con una densidad promedio de 120 viviendas/hectárea, es decir, para viviendas de las llamadas de “interés social”. El 5% de la superficie total por concepto de donación para área verde sería de 500 m2, suponiendo que habría un aproximado de 100 casas en el desarrollo y en promedio con una densidad domiciliaria de 4 habitantes por vivienda; los habitantes de dicho desarrollo serían aproximadamente 400 personas. Es decir, que les correspondería 0.99 m2 de área verde para cada habitante del desarrollo habitacional.

Por el contrario, en un segundo escenario de un predio de igual superficie (10,000 m2) pero que se fraccionara bajo una densidad de 30 viviendas/hectárea, la donación por concepto de área verde serían los mismo  500 m2, pero el número de viviendas sería del orden de 30, que bajo la misma densidad habitacional, supondría que habitarían en el desarrollo un estimado de 120 personas. En este caso, les corresponderían en promedio 3.96 m2 de área verde para cada habitante del desarrollo habitacional.

Aunque en ambos casos se cumple con la Ley, se propicia una desproporción en la disponibilidad de áreas verdes por habitante, más en aquellas zonas de mayor densidad donde las casas son más pequeñas y la posibilidad de contar con un jardín es prácticamente nula.

PROPUESTA:

Que los predios de donación por concepto de área verde puedan permanecer en un porcentaje de la superficie total del predio, para aquellos desarrollos de baja densidad (menores a 80 viviendas/Hectárea y cuando se trate de densidades mayores densidades la donación se establezcan en función de una cantidad de metros cuadrados de área verde por cada vivienda a construir, de forma tal que, a mayor densidad, es decir mayor cantidad de casas, sea mayor la cantidad de metros cuadrados de área verde.

Obviamente, la cantidad de metros cuadrados por cada vivienda deberá ser resultado de un minucioso estudio, pero el objetivo final sería garantizar una relación de equilibrio entre la superficie urbanizada y las áreas verdes. Sólo a manera de ejemplo se menciona que podría ser para casos de hasta 80 viviendas por hectárea 5% de la superficie total del predio; pero en desarrollos de 81-120 viviendas por hectárea la donación sería 6m2/viv., 121-200 viviendas por hectárea la donación sería 7m2/viv.; 201-300 viviendas por hectárea la donación sería 8m2/viv.

PETICIÓN 2.

Que se derogue la modificación al Artículo 429 del mismo Código, que reformó la 75 Legislatura el 08 de Julio del año 2022, que posibilita que “A solicitud del propietario, y exclusivamente cuando cada área de donación a que se refiere el párrafo anterior sea menor a 1,500 metros cuadrados, se procederá a determinar el valor comercial de dicha donación a efecto de que la pague a la Tesorería Municipal correspondiente, teniendo que calcularse mediante avalúo conforme al valor más alto, entre el valor catastral y el valor comercial…”.

PROPUESTA:

Que cuando cada área de donación a que se refiere el párrafo anterior sea menor a 1,500 metros cuadrados, se destine a área verde dentro del predio en cuestión.

Todos, gobierno y ciudadanos debemos de comprender que, si queremos contrarrestar el intenso calor, debemos asumir el compromiso de plantar árboles en todas las áreas posibles de la ciudad y en consecuencia aumentarlas en cantidad y superficie, si en verdad deseamos mejorar las condiciones ambientales en las que vivimos.