
Por Francisco Rivera Cruz
La pensión alimenticia es una solicitud del padre o la madre, quien tenga la custodia del hijo, para cubrir ciertas necesidades de los menores, aunque también de la esposa embarazada, al contemplase beneficio a quienes están en gestación.
Invitado a hablar del tema, el abogado Pedro Cabañas Morales, apuntó que este tipo de procesos y juicios, se convirtieron en el pan de cada día para los litigantes.
El deudor alimenticio tiene obligación de pasar respaldo hasta la mayoría de edad o más allá si el hijo está estudiando, incluso no hasta que se tenga una profesión sino a momento de la titulación misma.
El exponente precisó que se puede cesar por mayoría de edad, porque la parte solicitante se encuentra trabajando, o que los hijos se hayan casado.
Una pregunta recurrente, dijo Cabañas, es cuándo me quitan la pensión, y aquí se les indica que las causales para quedar fuera, son que se pruebe un ingreso, cuando tengan una nueva relación sentimental consensuada, o cuando se deje de necesitarla.
Hay casos en los que el deudor se propone demostrar que ha dejado de necesitarse la pensión que entrega, solicitando que el juez empiece proceso para demostrar con testigos que la parte beneficiada actualmente trabajan y tiene ingresos.
Este proceso se lleva de 4 a 6 meses, dependiendo de las cargas trabajo de los juzgados e incluso de los periodos vacacionales.
En qué casos aplica: por lo regular son para menores de edad que son quienes tienen preferencia, aunque igual la esposa que se haya dedicado al hogar y el cuidado de los niños, puede solicitar pensión alimenticia e incluso los menores con discapacidad, para quienes no hay tiempo para dejar de recibir el beneficio.
El abogado explicó que en caso de solicitar o querer solicitar pensión alimentaria se debe tener a la mano la información básica: porque existe quienes piden el procedimiento, pero desconocen hasta el lugar de trabajo del demandado, siendo esencial ese dato.
“La mayoría de las esposas o reclamantes deberían saber, porque después los andamos buscando y se nos complica; claro que hay formas, pero si se tuviera la información básica mejor, agilizaría los procesos”.
El abogado puede solicitarlo a través de un Juez que obtenga los datos a través del IMSS, sin embargo, consume tiempo, puntualizó.
Pensión alimenticia es más frecuente que los juicios laborales o mercantiles, así que para los abogados es pan de cada día, al igual que los procesos de divorcio, selló.
Sus redes sociales están a su nombre, Pedro Cabañas Morales, tiene el whatsapp 7531158863, con despacho en andador Aguascalientes y avenida Lázaro Cárdenas, antes del Hospital General u Hospital IMSS Bienestar.





