Comisión de Turismo aprobó por unanimidad prohibir imposición de cobros para ingreso a playas y zona federal marítimo-terrestre

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Se busca garantizar el acceso libre y gratuito a playas y áreas naturales protegidas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2025.- La Comisión de Turismo, presidida por la diputada Tania Palacios Kuri (PAN), aprobó con la unanimidad de 25 votos el dictamen a la iniciativa que adiciona diversas disposiciones de las leyes generales de Bienes Nacionales y del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por los diputados de Morena, Ricardo Monreal Ávila y Enrique Vázquez Navarro, en materia de acceso libre y gratuito a playas y áreas naturales protegidas.

En la Ley General de Bienes Nacionales el documento establece que el acceso a las playas marítimas y zona federal marítimo-terrestre contigua a mismas será libre, gratuito y permanente para todas las personas sin distinción de origen, nacionalidad o condición social y no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que señalan otras   leyes   o   los reglamentos administrativos.

Las autoridades federales, estatales y municipales, en el ámbito de sus competencias, garantizarán el acceso desde las vías públicas a las playas marítimas y zona federal marítimo-terrestre contigua a las mismas, el cual deberá ser seguro y señalizado.

Indica que queda prohibida la imposición de cobros, cuotas o condiciones restrictivas para el ingreso a las playas marítimas y zona federal marítimo-terrestre contigua misma, salvo por disposición expresa para la prevención y protección ambiental, seguridad pública, interés nacional y en los casos que establezcan los reglamentos administrativos.

Menciona que las concesiones o permisos en zonas federales marítimo-terrestres deberán contemplar el acceso público a las playas marítimas. El incumplimiento a dichos condición será causa de revocación.

En tanto que en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, precisa que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales garantizará al público en general el acceso gratuito a las áreas naturales protegidas de su competencia al menos un día a la semana, preferentemente los domingos o días festivos. Dicho acceso se hará con pleno respeto a las medidas de cuidado y protección de la biodiversidad y los ecosistemas.

En el artículo transitorio expone que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y las autoridades correspondientes deberán realizar las adecuaciones normativas que en el ámbito de sus funciones le correspondan, en los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público llevará a cabo en el mismo plazo las adecuaciones pertinentes conforme a la Ley Federal de Derechos vigente.