ASESORÍA LEGAL

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Soberanía y constitución, cuando el problema no es quien comparece, sino quien manda en el territorio

Por Lic. Julio César Zamudio

Director Corporativo Mercadotecnia de México

En el debate público reciente, dos temas han captado la atención nacional, la ausencia de la Gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, ante Comisiones del Senado de la República, y la presunta presencia de agentes extranjeros en territorio mexicano sin autorización federal, a simple vista, ambos asuntos parecen relacionados, sin embargo, desde un análisis jurídico serio, su gravedad es profundamente distinta, el primero es un tema político, el segundo, un asunto de Estado, comencemos a aclarar lo que muchos han querido presentar como una omisión grave, la no comparecencia de una Gobernadora ante el Senado, ahora bien, en el sistema constitucional mexicano, los Gobernadores son Titulares del Poder Ejecutivo en sus respectivas entidades federativas, su competencia es local, no federal, esto no es un detalle menor, sino un pilar del federalismo consagrado en la Constitución, el Senado de la República, como cámara integrante del Congreso de la Unión, tiene facultades de control político, pero principalmente en el ámbito federal, no existe posición constitucional que obligue a un gobernador (a) a comparecer ante el Senado de manera coercitiva, las comparecencias en estos casos, tienen carácter político y voluntario, no jurídico obligatorio.

De hecho, el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la organización de los poderes en las entidades federativas, reconociendo su autonomía, a su vez, el artículo 124 señala que las facultades no expresamente concedidas a la Federación se entienden reservadas a los Estados, bajo este principio, no hay una facultad expresa del Senado para obligar a un Gobernador a comparecer, por tanto, la ausencia de la Gobernadora de Chihuahua puede ser cuestionada políticamente, pero no configura por si misma, una ilegalidad, pretender lo contrario implicaría desconocer el pacto federal y abrir la puerta a una centralización indebida del poder, sin embargo, donde el debate debe centrarse con absoluta seriedad es en la posible intervención de agentes extranjeros en territorio nacional, aquí no estamos ante una discusión política, sino ante un tema de soberanía, en todo caso, la presencia de agentes de la CIA si se confirma que ocurrió sin autorización federal, representa una posible violación directa al orden constitucional, ya que el artículo 89 fracción X de la Constitución es claro, corresponde al Titular del Poder Ejecutivo Federal dirigir la política exterior y celebrar acuerdos internacionales, esto implica que cualquier relación, coordinación o presencia de agentes extranjeros en territorio nacional debe ser autorizada por el Gobierno Federal, aunado a ello, el artículo 117 establece que los Estados no pueden, en ningún caso, celebrar alianzas, tratados o acuerdos con potencias extranjeras, este precepto es fundamental, pues impide que las entidades federativas actúen de manera independiente en asuntos de carácter internacional o de seguridad exterior, y es que, la Ley de Seguridad Nacional refuerza este principio, en su contenido, establece que cualquier cooperación con gobiernos extranjeros en materia de seguridad debe sujetarse a mecanismos de control, supervisión y autorización por parte de las autoridades federales competentes, no se trata de una formalidad burocrática, sino de un candado institucional para proteger la soberanía del país, y sin dicho candado se rompe el equilibrio institucional y genera un precedente sumamente peligroso, no importa si la intención fue colaborar en materia de seguridad o combate al crimen, lo relevante es que el marco legal establece límites claros que no pueden ser ignorados, si se confirma que agentes extranjeros operaron en territorio mexicano sin autorización del Gobierno Federal, las consecuencias no pueden limitarse al ámbito mediático deben activarse los mecanismos legales correspondientes, tanto en materia administrativa como en su caso, penal, no se trata de politizar la justicia ni de judicializar la política se trata de respetar el marco constitucional que garantiza la existencia misma del Estado, México no puede permitir que, bajo ningún argumento, se diluyan las fronteras de su soberanía la cooperación internacional es necesaria, pero siempre bajo reglas claras, con respeto a la Constitución y bajo la conducción exclusiva del Gobierno Federal, en conclusión, la ausencia de una gobernadora ante el Senado puede generar debate político, pero no constituye una violación legal, en cambio, la posible intervención de agentes extranjeros sin autorización sí representa un asunto de máxima gravedad constitucional.