
* La ley no contempla licencias por “tiempo indefinido”
Por Francisco Rivera Cruz
“Manuel Esquivel solicita licencia como Presidente Municipal”, consignó un comunicado oficial del Ayuntamiento Municipal el 15 de julio pasado, y para el 31 de ese mes, en apurado boletín informaba “Síndica Municipal asume Encargada de Despacho de Presidencia Municipal”, incluso deslizando en el cuerpo de la nota que era acuerdo desde el 15 de julio, que asumiría la Síndico.
Ni en las sesiones del órgano de gobierno del 15, cuando estuvo presente, o del 31, que presentó documento, como tampoco después, ha tenido Esquivel Bejarano la atención a quienes lo eligieron y gobierna de informarles tiempo y razones para ausentarse.
La ausencia del edil, ante una licencia por “tiempo indefinido”, ha encendido focos rojos en materia de legalidad y procedimiento administrativo. Al superar ya los 20 días fuera de su cargo, el caso expone posibles omisiones a la Ley Orgánica Municipal (LOM), legislación que no contempla la figura de ausencia indefinida sin temporización o reglas claras.
En dicho instrumento, y de acuerdo con el Artículo 65 del mismo, el tratamiento legal de las ausencias del munícipe depende directamente de la duración y de la presentación oportuna de la solicitud:
Fija la LOM que ausencias menores a 15 días (Fracción I), no requieren permiso formal de licencia ante el Cabildo; basta con dejar a la o el Secretario del Ayuntamiento como encargado de despacho mediante instrucción expresa.
Para ausencias mayores a 15 días y hasta 60 días en base a la Fracción II, exigen que el Alcalde solicite previamente el permiso o licencia al Cabildo. De concederse, quien debe asumir la encargatura del despacho con todas las atribuciones legales es la Síndica o el Síndico Municipal.
El mismo Artículo 65 refiere que en ausencias de más de 15 días sin licencia formal (Fracción III) el Ayuntamiento tiene la obligación legal de notificar de inmediato al Congreso del Estado.
Establece la Fracción IV, que cuando el plazo supere los dos meses por cualquier motivo, el Ayuntamiento debe notificar al Congreso del Estado para que este valore la fundamentación de la causa. El Congreso decidirá si nombra un Presidente Provisional o si decreta la ausencia definitiva.
Un análisis por equipo jurídico apunta que en caso de no haber seguido el procedimiento regular, cabe la situación de irregularidad en el procedimiento, bajo la figura inexistente de “tiempo indefinido”, que se prevee en la Fracción III del Artículo 65. En este supuesto, al haber transcurrido más de 15 días, el Ayuntamiento está obligado a notificar formalmente al Congreso del Estado.
Asimismo, si la ausencia sobrepasa el límite acumulado de los 60 días, la Fracción IV obliga indefectiblemente a remitir el expediente al Poder Legislativo local para que defina la situación jurídica del edil, por dos figuras: designar un munícipe provisional o declarar la ausencia definitiva.
Las fuentes consultadas, en el propio órgano municipal enteran que no se ha hecho del conocimiento del Congreso del Estado, porque no es necesario, “sencillamente porque no ha ocurrido en otros casos” de la administración pública local.
Además de que no se ha informado la causa, la respuesta escuchada es a pesar que la legislación exige certidumbre sobre los plazos para poder encuadrar el supuesto normativo correspondiente, de 15, 60 días o ausencia definitiva.
Además, la aprobación de un término “indefinido” por parte del Cabildo vulnera el principio de legalidad y certeza jurídica, incurriendo en un vacío normativo no previsto por el Poder Legislativo.
El Artículo 66 de la misma norma estipula que, en caso de declararse una ausencia definitiva por el Congreso, la Legislatura dispondrá de un plazo de hasta 30 días naturales para designar a un Alcalde Sustituto, respetando el género y el origen partidista del edil saliente. En tanto se realiza dicho nombramiento, la Sindicatura continuará al frente del Gobierno Municipal.
Por lo pronto, el jueves de esta semana, la síndica Liliana Magaña Cárdenas, rendirá el segundo informe de la administración pública, y no falta quienes aseguran que el alcalde con licencia estará presente. Del informe que Manuel Esquivel rendiría al que se tendrá, se cambió la sede, sería el Patio de la Alcaldía y se llevará al salón del sindicato del Ayuntamiento, siendo la pregunta curiosa ¿Qué más cambiará?





