EL IMPACTO DEVASTADOR DEL PARO ILEGAL DEL SINDICATO MINERO AFECTA A TODA LA COMUNIDAD

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Este jueves, la empresa ArcelorMittal, sumó ya 54 días de paro total de actividades por el paro o huelga de obreros afiliados a la sección 271 de Mineros.

* Arcelormittal suma hoy ya 54 días de bloqueo a todas sus instalaciones por parte de obreros afiliados a la sección 271 de Mineros.

Desde el pasado 24 de mayo, nuestra comunidad ha estado sumida en una crisis sin precedentes debido al paro ilegal llevado a cabo por el Sindicato Minero. Con 54 días de duración, este bloqueo ha dejado una estela de destrucción económica y social que no puede ser ignorada, señala en un comunicado de prensa la empresa ArcelorMittal.

Es importante recalcar, indica, que tanto la entrega de la carátula de la declaración de impuestos como el reparto de utilidades se realizaron en tiempo y forma al Sindicato Minero. El pago correspondiente al 10% de utilidades se efectuó el 27 de mayo, rebasando el límite de 3 meses que debió aplicarse conforme a la fracción VIII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, que fue recientemente declarado constitucional por la SCJN.

El sindicato tiene derecho a solicitar una revisión del monto de las utilidades y del proceso de reparto; sin embargo, esto debe hacerse a través de las vías legales, mediante impugnación de la declaración con la Secretaría de Hacienda y no mediante el secuestro y la paralización de las operaciones sin ningún sustento legal.

A pesar de los múltiples recursos legales interpuestos, la naturaleza jurídica de la situación sigue siendo la misma: no es una huelga, es un paro ilegal. Ninguna acción jurídica ha determinado la existencia de una huelga como tal. Por lo que el sindicato no ha tenido, ni tiene ningún derecho a ejercer la posesión de las instalaciones ni a impedir el acceso a las instalaciones, por lo que están cometiendo un delito de despojo y secuestro de instalaciones estratégicas para la nación.

La Secretaría del Trabajo ha intentado mediar ofreciendo propuestas adicionales a los requerimientos legales, realizar auditorías fiscales, ofrecer compensaciones económicas sin que exista una obligación laboral o legal para la empresa e incluso se le solicitó a la empresa que garantizara que no habría represalias a nivel personal o colectivo. Sin embargo, estas ofertas fueron rechazadas.

La intransigencia del sindicato al no aceptar soluciones razonables y su insistencia en el secuestro de las instalaciones para exigir pagos sin fundamento legal puede ser tratado como una forma de extorsión. Esta postura va en contra de la Ley Federal del Trabajo, que prohíbe tales prácticas ilegales. Por ello, la empresa se ha visto obligada a tomar medidas legales tanto a nivel individual como colectivo para protegerse de estas acciones.

Golpe a la comunidad

La Cámara Nacional de Comercio y el Consejo Coordinador Empresarial reportan una caída del 50% en las ventas del comercio local y un 60% en las compras del sector terciario. Más de 7000 personas han dejado de beneficiarse de los programas de inversión comunitaria, y 200 operadores y transportistas han perdido su empleo. El 85% de los empleados de empresas contratistas están ahora sin trabajo. La afectación llega a más de 50,000 familias que dependen directa o indirectamente de la empresa como fuente de trabajo.

Se han impactado negativamente las cadenas de suministro y generación de valor, asociadas como en el sector de la construcción, manufactura general, la industria automotriz, distribución nacional e internacional, entre otras.

La falta de estado de derecho y paz laboral ha detenido futuras inversiones en nuestra región, en Lázaro Cárdenas, Michoacán, puntualiza el comunicado.