ASESORÍA LEGAL

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Del ejido al título de propiedad, campo mexicano en transformación

Por Lic. Julio César Zamudio

Director Corporativo Mercadotecnia de México

En nuestro país, el campo no solo representa una actividad económica, sino una herencia histórica, social y cultural profundamente arraigada, sin embargo, en las últimas décadas se ha venido gestando un fenómeno silencioso pero contundente, cada vez más campesinos han dejado de trabajar la tierra y han optado por transformar sus parcelas ejidales en propiedad privada, este cambio no es casual ni aislado, responde a una serie de factores estructurales que merecen ser analizados con seriedad y visión de futuro, el régimen ejidal, surgió tras la revolución mexicana, fue concebido como un mecanismo de justicia social para devolver la tierra a quienes la trabajaban, durante muchos años, cumplió su función, sin embargo, el contexto actual es muy distinto al de principios del siglo XX, ahora bien, muchos ejidatarios en todo el país quieren sacar del régimen ejidal sus parcelas y elevarlas a dominio pleno, sin embargo, a la hora de hacer la asamblea general de ejidatarios para sacar del régimen ejidal una parcela, algunos ejidatarios se oponen y no permiten que un ejidatario salga del régimen ejidal, lo que no saben los comisariados y consejo de vigilancia de los ejidos es que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es que, la tierra es de propiedad social pero, permite que los ejidatarios puedan adquirir el dominio pleno, es decir, convertir su parcela en propiedad privada, y, sustentado en el artículo 23 de la Ley Agraria indica que la Asamblea Ejidal de cada localidad tiene facultades para autorizar que las parcelas salgan del régimen ejidal y aprobar el dominio pleno, de hecho, sin asamblea, no hay nada, ahí empieza todo, ahora bien, el artículo 56 de la Ley Agraria establece que el ejidatario tiene derechos sobre su parcela la cual, puede usarla, disfrutarla y transmitirla, dicho artículo confirma que el ejidatario es el titular del derecho, pero aún no es propietario pleno, ahora bien, el ejidatario puede adoptar dominio pleno sobre su parcela siempre y cuando la asamblea autorice el dominio pleno y se cumplan las formalidades legales, exactamente aquí nace el derecho de convertir a propiedad privada, ahora bien, si la asamblea no te autoriza que tu parcela salga del régimen ejidal, entonces, hay una segunda opción, EL AMPARO, esta metodología se hace cuando hay violaciones al procedimiento, por ejemplo, que no se haya convocado correctamente, no hubo quórum legal, no se incluyó el punto en el orden del día, que al ejidatario no le hayan permitido participar, le negaron voz y voto, hubo discriminación o presión, aplicar también que hubo decisión sin fundamento, manipulación de la asamblea, etcétera y algo importante, aunque la asamblea es soberana, sus actos deben cumplir principios del artículo 14 y 16  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que todo acto debe estar fundado y motivado, por lo tanto, si no lo está, entonces, procede el amparo, sin embargo, algunos abogados, antes del amparo, prefieren acudir primeramente al Tribunal Unitario Agrario, donde perderás tu tiempo y pasaran varios meses para darte una resolución, para muchos es la vía natural, supuestamente puede anular la asamblea, pero, no es seguro ganarlo directamente en el Tribunal mencionado, por ello, antes de cualquier acto legal, es mejor primero hablar con el comisario, convencer a los ejidatarios y negociar beneficios colectivos, hay que preparar bien una asamblea, ejemplo, la orden del día correcto, explicar ventajas del dominio pleno, evitar resistencia del núcleo, no hay que pelear con el ejido, se trata de alinear intereses del ejido con el ejidatario, Mercadotecnia de México del Lic. Julio Cesar Zamudio ha llevado a cabo un sinfín de elevaciones a dominio pleno y regularizaciones de predios ejidales, así como de propiedad privada en todo el país, se les da gestión de trámites ante autoridades agrarias, integración de expedientes legales, apoyo en asambleas ejidales, lotificación y desarrollo de terrenos, promoción y venta legal de parcelas una vez que hayan salido del régimen ejidal, estrategias para incrementar el valor de las tierras, siempre, en apoyo al ejidatario y campesino.