ASESORÍA LEGAL

0
15

¿Cómo tramitar un amparo para circular como mototaxi?

Por Lic. Julio César Zamudio

Director Corporativo Mercadotecnia de México

En distintas regiones de México, particularmente en Veracruz, Yucatán, Estado de México, Campeche, Oaxaca y Chiapas, los mototaxis se han convertido en una necesidad social y económica, aunque para algunas autoridades estos vehículos representan un problema de regulación, para miles de familias mexicanas representan trabajo, sustento diario y, sobre todo, una alternativa de movilidad en colonias y comunidades donde el transporte público simplemente no existe, la realidad supera cualquier postura burocrática, mientras muchas ciudades crecen aceleradamente existen colonias populares, asentamientos humanos y comunidades rurales abandonadas por los sistemas tradicionales de transporte público, en los lugares mencionados, los mototaxis se han convertido en el único medio de transporte accesible para estudiantes, trabajadores, adultos mayores y madres de familia, de hecho, Mercadotecnia de México ha realizado un sinfín de estudios técnicos en todo el país donde se visualiza que el transporte denominado mototaxi es importante en la vida diaria de la gente para poder trasladarse, el Lic. Julio Cesar Zamudio, de hecho, puede promover amparos individuales o colectivos por agrupación para que dichos mototaxis puedan prestar servicio, el artículo 4º párrafo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos indica que toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, sin embargo, la mayoría de las autoridades de los 32 Estados del país desconoce la Ley de Movilidad de su Estado, artículos de la Constitución en materia de Movilidad y la problemática que se genera si realizan operativos contra los mototaxis, en lugar de regularizar los mototaxis y poner requisitos, las autoridades solo se concretan en decir que es un servicio ineficiente, de mala calidad, peligroso, etcétera, sin embargo, los mototaxis han transportado a miles y miles de personas de un punto a otro, movilidad en donde los taxistas y supuestos empresarios del transporte urbano no prestan un servicio de calidad, los taxistas de Campeche, Yucatán, Veracruz, Jalisco, Chiapas, Colima y otros lugares cobran cario y lo que quieren y a quienes quieren prestar servicio, los urbanos son chatarras rodantes que en realidad ellos si ponen en peligro la vida de los usuarios, y es que, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce los derechos fundamentales que deben prevalecer incluso frente a actos arbitrarios de la autoridad, el artículo 1º de la mencionada Constitución establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que México sea parte, así mismo el artículo 5º de la mencionada Ley protege la libertad de trabajo, señalando que ninguna persona puede ser impedida de dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.

En términos prácticos miles de conductores de mototaxi dependen económicamente de esta actividad, las familias sobreviven gracias a estos ingresos, y prohibir de manera absoluta la circulación de mototaxis, sin ofrecer alternativas reales de regularización o sustitución, puede constituir una afectación directa a los derechos humanos fundamentales, es por ello que, el Juicio de amparo es el instrumento constitucional mediante el cual cualquier ciudadano puede defenderse frente a actos de autoridad que violen derechos humanos de los mototaxistas y de los usuarios, la Ley de amparo establece en el artículo 1º que el juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite por normas generales, actos u omisiones de autoridad que violen derechos humanos reconocidos por la Constitución y los Tratados Internacionales, un conductor de mototaxi de manera individual puede promover un amparo indirecto cuando, se pretenda decomisar su unidad, no le permitan trabajar en ciertos determinados horarios, se le niegue arbitrariamente el derecho a trabajar, existan operativos desproporcionados y no autorizados, se afecte su derecho al mínimo vital, se impida la movilidad de comunidades y localidades así como a municipios enteros, esto significa que, la ley de amparo contempla la posibilidad de solicitar la suspensión provisional y definitiva, esto quiere decir que, el juez federal, mientras analiza el fondo del asunto, podría ordenar provisionalmente que la autoridad se abstenga de retirar unidades o impedir la prestación del servicio, en los artículos 128 y 131 de la Ley de Amparo contempla la figura de la suspensión del acto reclamado, (ponerse a trabajar), en términos prácticos un juez federal podría considerar que el mototaxi representa el sustento de toda una familia, que existe interés social en la movilidad de colonias populares, nuestro país necesita políticas públicas inteligentes, no únicamente persecución administrativa, los mototaxis representan hoy una realidad jurídica, económica y social imposible de ignorar, es mejor llevar a cabo un juicio de amparo individual que colectivo, ya que la historia de cada chofer mototaxi es una historia distinta, tan solo en Campeche se necesitaría hacer 2,500 amparos indirecto en materia de movilidad, en Yucatán 5,500 amparos, en Colima 2,150 amparos y así sucesivamente en diversas entidades, es mejor pagar un amparo individual por la cantidad de 10,800 pesos, que dejar de operar como mototaxi o enfrentar una sanción arriba de 80 mil pesos.