Deberán establecer medidas sanitarias para el uso de agroquímicos

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Piden establecer medidas sanitarias para el uso de agroquímicos en la entidad.

Por Rebeca Hernández/Quadratín

Morelia, Mich., 31 de agosto de 2018.- La Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios deberá establecer medidas sanitarias, de inocuidad y bioseguridad para el uso de agroquímicos y cumplir con el principio precautorio en caso de ausencia de información completa o certeza científica, que pudiera producir daños graves o irreversibles en el ambiente o en la salud humana.

También deberá inspeccionar y levantar un censo de empresas comercializadoras y distribuidoras de plaguicidas, fertilizantes, agroquímicos, compuestos químicos y sustancias toxicas; así como de empresas de reciclado de plásticos de productos tóxicos; empresas que fabrican, formulan, mezclan, envasan, comercializan y aplican plaguicidas; y laboratorios certificados para el análisis de plaguicidas, nutrientes vegetales y sustancias tóxicas.

De acuerdo con reformas aprobadas por el Congreso del Estado a la Ley de Desarrollo Rural Integral Sustentable, se establecen esas medidas para promover la transición hacia la producción sostenible, a fin de incentivar la reconversión de la agricultura contemporánea, basada en agroquímicos, a una agricultura orgánica y sustentable. Se pretende también promover, en coordinación con las instituciones y centros de educación superior del estado, la investigación y estudios sobre el impacto del uso de sustancias peligrosas en las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

Actualmente la autoridad sanitaria no cuenta con un registro actualizado de los productos que se comercializan y aplican en los campos michoacanos, así como de los comercios que los venden. Tampoco tiene control ni información sobre las personas que los adquieren (pueden ser niños), ni sobre la manera y la cantidad en que se aplican, ni sobre los efectos de la exposición crónica a estas sustancias (pues se desconoce cuáles son estas sustancias, y cuál es el grado de exposición y frecuencia de esta).

El listado de pesticidas permitidos no se ha actualizado de 1998, de manera que aunque México se comprometió a cumplir el convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, permite la manufactura, distribución y aplicación de 34 sustancias que por su alta toxicidad fueron proscritas en este convenio y prohibidas de manera definitiva en EEUU, Canadá, la Unión Europea y la mayoría de los países asiáticos y latinoamericanos.

A la fecha, ni las autoridades ambientales ni las sanitarias han desarrollado estrategias para el monitoreo de los residuos de pesticidas en los alimentos que se comercializan en los mercados locales, ni para vigilar la salud de los trabajadores agrícolas, sus familias y la población aledaña a las zonas de cultivo.