AYUNTAMIENTO DEVOLVERÁ CASI 3.5 MDP A ARCELOR POR EL DAP

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Luego de que el cabildo aprobara devolver casi 3.5 millones de pesos a SERSIINSA, filial de ArcelorMittal, del DAP cobrado a dicha empresa, el síndico Miguel Ángel Peraldí Sotelo, propuso que en la ley de Ingresos del próximo año, ya se no contemple ese cobro porque es inconstitucional.

* Sin embargo, aún así el Tesorero Municipal corre el riesgo de ser destituido si el Juzgado Sexto de Distrito, considera que hay retraso en el cumplimiento de la sentencia de amparo dictada en el juicio 183/2018.

Por Rafael Rivera Millán

La actual administración municipal sigue estando sujeta a que uno o más de sus principales funcionarios sea destituido por la autoridad judicial federal, por darle largas a una segunda prórroga que se le concedió el 22 de noviembre pasado a la Tesorería Municipal para devolver de inmediato el importe cobrado a Servicios Siderúrgicos Integrados, S. A. de C. V. (SERSIINSA), empresa filial de ArcelorMittal, por concepto del Derecho de Alumbrado Público que le ha cobrado y por el cual la acerera se amparó y obtuvo la protección de la Justicia Federal sobre este cobro que ha sido calificado como inconstitucional.

En sesión de cabildo de este jueves, tras de que el Secretario del Ayuntamiento, Horacio Ramírez Pérez, diera lectura al punto de acuerdo consistente en la aprobación o no para que el gobierno municipal devuelva lo cobrado por el DAP a SERSIINSA, con recargos, actualizaciones e intereses devengados, lo cual hasta el 11 de diciembre de este año, sumaban tres millones 417, 649 pesos, por unanimidad de sus 14 integrantes se aprobó dicha devolución, aunque no se dijo qué día se daría cumplimiento a este acuerdo.

En este sentido, abogados en la materia, consultados por este diario, señalaron que la sentencia de amparo se tiene que cumplir con el pago, no con autorización de ampliación o modificaciones al presupuesto municipal, porque el acuerdo emitido este jueves por el Cabildo, a juicio del Juez de Distrito, puede ser considerado como una evasiva, o una estrategia dilatoria, tendiente a eludir el pago, lo que conllevaría a la destitución del Tesorero y su consignación ante el Ministerio Público, en términos del artículo 192 de la Ley de Amparo.

Cabe señalar que el Juzgado Sexto de Distrito, en su acuerdo del 22 de noviembre anterior, había advertido que desde el 16 de octubre de este año, se concedió una prórroga de 10 días a la Tesorería Municipal para dar cumplimiento a la sentencia del juicio de amparo 183/2018 y que a la fecha del 22 de noviembre, ya habían transcurrido más de 4 meses en que debió cumplirse la referida sentencia, por lo que se apercibió al actual tesorero a que cumpliera ese mandato judicial, o de lo contrario, además de imponérsele una fuerte multa económica, el caso sería remitido al Tribula Colegiado de Circuito para seguir el trámite de inejecución, que puede culminar con la separación de su puesto y su consignación por el delito de desacato a una orden judicial.

Y todavía fue más claro el Juez Sexto de Distrito, al advertir que: “En la inteligencia de que se considerará incumplimiento el retraso por medio de evasivas o procedimientos ilegales de las autoridades responsables, o de cualquiera otra que intervenga en el trámite relativo”.

Durante el desarrollo de la sesión, esto es en la discusión del único punto de la orden del día, pues fue sesión extraordinaria, la alcaldesa Itzé Camacho señaló que había sostenido una reunión con directivos de ArcelorMittal, quienes le prometieron que luego de la devolución de dinero del DAP, ellos de alguna manera regresarían el recurso al municipio, pero no en efectivo, sino en una obra de beneficio colectivo, no así otras empresas con las que se tiene el mismo problema, esto es que se han amparado para que se les devuelta el recurso cobrado.

Por su parte, el Síndico Municipal pidió que en la elaboración del presupuesto de ingresos para el 2018, se busque la forma de no incluir el cobro del DAP, para evitar estar devolviendo el dinero, con actualizaciones e intereses, ya que es un derecho inconstitucional, y que toda persona o empresa que se ampare contra ese cobro, deberá ganar el juicio, solo que en este caso del cien por ciento de contribuyentes, solo el 10 por ciento se ampara, que son las grandes empresas y que el 90 por ciento que son los ciudadanos, no lo hacen porque son los que pagan de 50 a 100 pesos o menos por el DAP, y les sale más caro ir a Uruapan y tramitar el juicio, por eso no lo hacen, pero de que es inconstitucional ese cobro sí lo es.