
Por Rafael Rivera Millán
En opinión de la licenciada en contaduría Rosa Rodríguez Gómez y del abogado fiscalista Carlos Alcaraz López, no debe existir temor a la Reforma Fiscal 2020 implementada por el gobierno federal, mientras haya contribuyentes cumplidos, o de quienes no traten de evadir su responsabilidad fiscal, porque de lo contrario las sanciones que ante se contemplaban solamente, por poner un ejemplo en el Código Fiscal, ahora se han integrado al Código Penal, y entonces ahí es donde se corre el riesgo de ser sancionado hasta con cárcel.
Lo anterior durante la charla que ambos profesionistas sostuvieron en el Noticiero de este diario, conducido por el que esto escribe, en donde hubo preguntas del auditorio, que querían saber más de la nueva modalidad de la facturación inmediata, o en qué casos se cae para que a determina persona física o moral le puedan aplicar la Ley de Extinción de Dominio, que no es otra cosa que la confiscación de los bienes que se hayan utilizado para la comisión de algún delito.
La contadora Rosy Rodríguez y el abogado fiscalista Carlos Alcaraz señalaron que los gastos por parte de los contribuyentes mediante con tarjeta de débito y crédito, ahora son bien fiscalizados por el SAT, pero que esto no es algo nuevo que surgió desde el sexenio federal anterior, ya mediante los datos que la persona proporcionada al banco al abrir una nueva o recibir una tarjeta de débito o crédito, quedaba desde ese momento bien fiscalizado por la autoridad en la materia.
Recomendaron ser muy cautelosos porque luego se hace uso de las tarjetas por cantidades mayores a los ingresos que recibe determinada persona, por la actividad que tenga. Los gastos que se hacen con las tarjetas, ahora no son cuentas personales sino todas son fiscales y el SAT se entera, y si el contribuyente no quiere que su contador no se entere, puede ocurrir, pero con Hacienda no, por lo que la recomendación es ser muy transparente en la recepción de recursos y lo que se gaste para no caer en lo que se conoce como discrepancia fiscal, es decir, que se esté gastando más de lo que se esté recibiendo.
Otra cuestión que recomendaron a las personas no caer en operaciones aparentes o facturación por operaciones inexistentes.
También en el caso de quien renta una vivienda, ya debe de tenerse la cultura de la legalidad y la contribución, esto es, que se olvide ya la costumbre de rentar una vivienda, sin hacer el contrato respectivo y mucho menos expedir la factura o recibo fiscal de que se trate, porque si una persona le renta su bien inmueble a otro y no hace un contrato notariado y expedir la factura o recibo de renta fiscal, para evitar que por ese concepto reciba el dinero en efectivo o se lo depositen a una cuenta, porque la misma está siendo ya fiscalizada por el SAT y fácilmente la autoridad se da cuenta de esos ingresos que no son declarados al fisco.
Recomendaron asesorarse ya sea con un abogado o un contador para evitar problemas con el fisco, a fin de encuadrarse dentro de los contribuyentes cumplidos y así evitarse problemas legales y fiscales. Es importante dijeron tener una planeación fiscal de negocio o actividad para cumplir con la ley, ya que desafortunadamente en Lázaro Cárdenas no hay una cultura contributiva, hay mucho desconocimiento de las leyes fiscales y por eso hay temor hacia el SAT, por lo que invitaron a la población a acercarse con su abogado o contador para realizar su planeación fiscal dentro de la ley.





