El derecho a opinar

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Por Lic. Ramón Segura Arreola

Visitador Auxiliar de la CEDH

“Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye la libertad de mantener opiniones sin interferencia y de buscar, recibir y difundir información e ideas a través de cualquier medio de comunicación e independientemente de las fronteras; ya sea oralmente, por escrito o impreso, en forma de arte, o por cualquier otro medio de su elección”. Lo establece el artículo 19 de la DUDH.

DIFERENCIA ENTRE LIBERTAD DE EXPRESION Y DERECHO A OPINAR.

La libertad de expresión se reconoce como un derecho humano en virtud del artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) y se reconoce en el derecho internacional de los derechos humanos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

Derecho a opinar. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea oralmente, por escrito, o a través de las nuevas tecnologías de la información, el cual no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidades ulteriores expresamente fijadas por la ley.”

El derecho a investigar el quehacer de la comuna sobre algún tema, es un derecho que nadie te puede quitar, obtener información, procesarla y la preparación de la idea, es un derecho inalienable, y la Libertad de Expresión es un Derecho Humano que protege ese derecho de opinar, a que esa idea que se quiere expresar salga sin temor a la luz pública y no sea  motivo de represalias por parte del Estado.

Es importante opinar sin temores, sin miedo a la policía, “la Policía hace cumplir la Ley, pero la policía no es la Ley”.

Urge crear el “CONSEJO CONSULTIVO CIUDADANO” en este Puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán, para que cada obra que se pretenda realizar o cada tema que se pretenda aplicar, los ciudadanos tengan un foro donde expresarlo directamente al cabildo, además de la redes sociales y demás medios de comunicación, debe ser un ejercicio intelectual corto, cada vez que se tenga un tema a tratar como el caso de la “ciclo vía”, me consta que no se consultó a las personas del lugar donde se construyó, ni tampoco al resto de los ciudadanos con derecho a opinar en este Municipio.

Es cuánto.